Localización
Recabamos los datos disponibles para identificar el lugar de custodia y la situación de la detención.
Abogado para asistencia urgente en dependencias policiales y juzgado de guardia de Pontevedra. Atención telefónica las 24 horas para coordinar la intervención desde el primer momento.
La asistencia se centra en localizar a la persona detenida, coordinar la designación letrada y preparar la intervención en las diligencias policiales o judiciales que correspondan.
Recabamos los datos disponibles para identificar el lugar de custodia y la situación de la detención.
Le indicamos los datos necesarios para formalizar la asistencia y coordinamos la intervención con la dependencia correspondiente.
El abogado interviene en las diligencias en las que legalmente procede la asistencia y orienta sobre los siguientes pasos del procedimiento.
El servicio está orientado a detenciones y diligencias urgentes en Pontevedra, tanto en dependencias policiales como ante el juzgado de guardia. La intervención se coordina desde la llamada inicial, sin necesidad de concertar previamente una consulta ordinaria.
Si la familia desconoce en qué dependencia se encuentra la persona, recopilamos los datos disponibles para orientar la localización y explicar cómo comunicar la designación de abogado. Una vez aceptado el encargo y confirmada la situación, se coordina la asistencia con la máxima rapidez posible.
En una asistencia urgente es útil confirmar cuanto antes la dependencia en la que permanece la persona detenida y si está previsto su traslado. En Pontevedra, la intervención puede comenzar en dependencias policiales y continuar, cuando corresponda, ante el juzgado de guardia.
No es necesario que la familia conozca todos los datos del procedimiento para realizar la primera llamada. Con el nombre de la persona detenida, una referencia aproximada del momento de la detención y la información disponible sobre el lugar de custodia podemos orientar los siguientes pasos.
La persona detenida tiene derecho a conocer las razones de su detención, a no declarar contra sí misma y a designar libremente abogado. Si no designa uno, será asistida por un abogado de oficio.
La persona detenida puede designar libremente abogado.
La decisión sobre la declaración debe adoptarse conociendo la situación y con asistencia letrada.
La persona detenida debe ser informada de sus derechos y de las razones de la detención de forma comprensible.
Sí. La Ley de Enjuiciamiento Criminal reconoce el derecho a designar libremente abogado. Si no se designa uno, se presta asistencia de oficio.
Sí. Un familiar puede ponerse en contacto con nosotros y facilitarnos los datos de la detención. La designación y la comunicación con la dependencia se realizan conforme al procedimiento legal aplicable.
Nombre de la persona detenida, dependencia policial si se conoce, hora aproximada de la detención y cualquier información sobre el motivo o las diligencias previstas.
Sí. Si se encarga la defensa, la intervención puede continuar en diligencias urgentes, juicio rápido, instrucción y posteriores fases del procedimiento penal.